Como artistas, promotores o ciudadanos guatemaltecos… ¿Qué leyes es recomendable empezar a conocer?
Guatemala es uno de los países que cuenta con importantes leyes relacionadas con la cultura. A este conjunto de leyes se le denomina legislación cultural. Como ciudadanos guatemaltecos, pero sobre todo si somos artistas, promotores culturales o nuestro quehacer está relacionado con la cultura (artes, patrimonio cultural, expresiones culturales y otros) es importante tener un conocimiento general de esta legislación cultural. Ello nos ayudará a conocer nuestros derechos y obligaciones, así también a realizar y orientar mejor nuestra labor cultural.
Entre la legislación cultural amplia que tiene Guatemala, ¿Cuáles serían las leyes que mínimamente deberíamos conocer como actores culturales? Veamos las siguientes:
La primera ley que debemos conocer es la Constitución Política de la República de Guatemala. Es la ley más importante porque es la base sobre la que se han ido creando las otras leyes. Contiene 6 artículos que se relacionan con la cultura, del número 57 al 65 (La Cultura en la Constitución Política de la República de Guatemala)
En orden jerárquico, luego existe legislación que se ha emitido desde el Congreso de la República. Estas leyes se denominan DECRETOS LEGISLATIVOS. A todo artista, promotor o ciudadano le interesa conocer decretos legislativos como:
El Decreto Número 26-97 del Congreso de la República, Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación. Esta ley se refiere a la protección, conservación y recuperación de todos aquellos valores y bienes culturales que hemos heredado de generaciones anteriores y de los cuales tenemos el compromiso de seguirlas heredando a las siguientes generaciones: sitios arqueológicos como Tikal; iglesias, esculturas y pinturas coloniales; casas y edificios antiguos; tradiciones gastronómicas, espirituales y artísticas.
Todo autor o creador de una obra literaria o artística, y también, toda persona cuya actividad está relacionada con el uso y disfrute de esas obras, debe conocer el Decreto Número 33-1998 del Congreso de la República, Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos de Guatemala. Esta ley y sus reformas (Decretos 56-2000 y 11-2006) atiende el derecho de los artistas, intérpretes, ejecutantes, productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión. Protege las obras literarias y artísticas de los artistas y creadores tanto nacionales como extranjeros, dentro o fuera de Guatemala. Esta protección está dirigida a obras que se hayan o no publicado o difundido.
¿Conoce que es ADESCA? Es el Aporte para la Descentralización Cultural ADESCA. Brinda la oportunidad de tener apoyos financieros a proyectos de: creación y difusión artística y cultural; rescate, difusión y fomento de las culturales populares; y, conservación y difusión del patrimonio cultural. Fue creada por el Decreto 95-1996 del Congreso de la República, Ley de Creación del Aporte para la Descentralización Cultural. Si usted es artista, artesano o pertenece a una cofradía, asociación cultural o grupo artístico, esta ley le da la oportunidad de obtener un apoyo a su proyecto presentado individual o colectivamente.
Decreto 19-2003 del Congreso de la República, Ley de Idiomas Nacionales. Reconoce, promueve y estimula el uso de los idiomas de los pueblos Mayas, Garífuna y Xinca. Favorece las manifestaciones artísticas, culturales y científicas en las diferentes comunidades lingüísticas.
Decreto 58-89 del Congreso de la República de Guatemala: Ley de Fomento del libro de Guatemala. Esta ley favorece la creación, producción, edición, distribución y difusión del libro. También fomenta el hábito de la lectura entre todos los guatemaltecos.
Decreto 14-2002 del Congreso de la República, Ley General de Descentralización. Este decreto permite a las municipalidades emitir sus propias políticas culturales municipales. Invita a las comunidades a organizarse y darles poder de decisión, competencias, funciones y recursos de financiamiento. Fortalece la participación ciudadana.
El Decreto Número 574-1956, Ley de Espectáculos Públicos, aunque es una ley no actualizada que fue redactada en el año de 1956, aún está vigente y nos indica los requisitos y condiciones que se tienen que cumplir a la hora de realizar un espectáculo artístico o cultural.
Otro conjunto de leyes es emitido desde el Organismo Ejecutivo o Gobierno Central y se le conoce como ACUERDOS GUBERNATIVOS, por ejemplo:
Acuerdo Gubernativo 778-2003, cobro por Derecho de Imagen, junto al Acuerdo Ministerial 379-2005 y su modificación del 2006. ¿Sabía usted que existe lo que se llama “derecho de imagen”? Este derecho es legislado en este acuerdo. Establece que el Estado tiene la potestad sobre los bienes culturales nacionales y autoriza al Ministerio de Cultura y Deportes a establecer una tarifa para cobrar por el derecho de imagen y reproducción que s por fotografías, vídeos, filmaciones, diseños o cualquier medio de los bienes que integran el Patrimonio Cultural de la Nación. Es interesante saber que esta ley protege el uso y reproducción de los textiles del pueblo maya en tela sea total o parcial, otorgando el crédito de su origen y otros datos del lugar donde sean usados.
El esfuerzo y compromiso con la cultura de Guatemala, se reconoce por medio del Acuerdo Gubernativo Número 229-1999, Orden Nacional del Patrimonio Cultural de Guatemala. Esta Orden, fue creada para premiar de manera anual a diferentes personas, organizaciones o instituciones, nacionales y extranjeras, que han realizado valiosos aportes en beneficio del Patrimonio Cultural de Guatemala.
En su orden, están los ACUERDOS MINISTERIALES, que son emitidos por los diferentes ministerios del Ejecutivo, como los emitidos por el Ministerio de Cultura y Deportes. Existen muchos acuerdos de gran importancia relacionados con la creación de escuelas de arte, programas de apoyo a artistas, declaratorias de patrimonio cultural tangible o intangible, reconocimiento a actores culturales de nuestro país, y muchas más. Entre ellos se puede anotar:
Acuerdo Ministerial Número 57-1988, Premio Nacional de Literatura “Miguel Ángel Asturias”. Es un premio que se creó desde el año 1988 y ha reconocido a escritores destacados nacionales en el área de la Literatura. Es uno de los más importantes premios que otorga el Ministerio de Cultura y Deportes.
La Semana Santa es la actividad cultural más grande de Guatemala, en cada una de las comunidades se celebra de manera particular. Su acontecimiento mueve muchos elementos de la cultura (música, gastronomía, arte tradicional, simbolismos) y de la economía. Es reconocida a nivel mundial por su explosión de arte, espiritualidad y tradición. Por eso se dispuso en el Acuerdo Ministerial Número 560-2008, Declarar Patrimonio Intangible de la Nación, la Semana Santa en Guatemala.
Existe otro conjunto de leyes igual de importantes de carácter internacional, como las CONVENCIONES, CONVENIOS y DECLARACIONES. Son normativas a las cuales se ha adherido Guatemala para cooperar con otras naciones en la protección, fomento y difusión de la cultura. Entre ellas se mencionan:
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. Fue aprobada por todos los Estados miembros de la ONU el 13 de septiembre de 2007. Aquí se establece que los pueblos y los individuos son libres e iguales a todos los demás pueblos y personas y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación.
Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales. Aprobada el 20 de octubre del 2005 por la UNESCO. Sus objetivos son: a) proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; b) crear las condiciones para que las culturas puedan prosperar y mantener interacciones libremente de forma mutuamente provechosa; d) fomentar el diálogo entre las culturas a fin de garantizar intercambios culturales más amplios y equilibrados en el mundo en pro del respeto intercultural y una cultura de paz.
Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes. Entró en vigencia el 5 de junio de 1997 y expresa las acciones que los gobiernos, en este caso, el Gobierno de Guatemala debe realizar para promover la plena efectividad de los derechos culturales de los pueblos indígenas (traje, idioma, cosmovisión, etc.) respetando su identidad, sus tradiciones y sus instituciones.
Estas leyes son una pequeña muestra de la cantidad de la rica legislación cultural de Guatemala. Hay muchas más. Podemos ampliar nuestro conocimiento sobre estas leyes visitando la categoría de LEGISLACIÓN CULTURAL en el Sistema de Información Cultural SIC y el libro, Breviario de Legislación Cultural de Max Araujo en el módulo de Biblioteca del mismo sistema.