La Ley Nacional para el Desarrollo de la Cultura Física y el Deporte en su artículo 70 “El Estado determinará las políticas a seguir en relación al fomento, promoción difusión, formación investigación y la práctica del deporte no federado y de la recreación física como parte de la formación integral del individuo y de la sociedad tanto para su bienestar físico, mental y emocional como para su interrelación con su entorno social y natural”.
“El deporte es aquella actividad física en la que se debe respetar un conjunto de reglas y que es realizada con afán competitivo. Aunque la capacidad física suele ser clave para el resultado final de la práctica deportiva, otros factores también son decisivos, como la agudeza mental o el equipamiento del deportista. Más allá de la competencia, los deportes resultan un entretenimiento para quienes lo practican y para los espectadores”. (MCD: 2008).
Aunque a veces suelen confundirse los conceptos de deporte y actividad física, éstos no son sinónimos. La actividad física es una simple práctica, mientras que el deporte implica una competencia que siempre arroja un resultado.
Recreación:
Con origen en el término latino recreatio, la palabra recreación define a la acción y efecto de recrear. Por lo tanto, puede hacer referencia a crear o producir de nuevo algo. También se refiere a divertir, alegrar o deleitar, en una búsqueda de distracción en medio del trabajo y de las obligaciones cotidianas. Según la Ley antes referida la recreación se clasifica en:
Recreación física genérica: Dirigida a la población urbana y rural no específica, a cargo del Ministerio de Cultura y Deportes.
Recreación física especifica: Dirigida a las poblaciones, industrial, laboral, grupos prioritarios tercera edad.
Esta categoría hace alusión únicamente al deporte no federado, no solo por la atribución que le corresponde al Ministerio de Cultura y Deportes, sino porque el campo deportivo es un campo muy complejo, en la que intervienen otras entidades. Para lo que corresponde al -SIC-, únicamente abordará lo que por competencia se le atribuye al MCD, no obstante, en el futuro pueda ampliarse su contenido.