ARTÍCULO 1. Autorizar las cuotas anuales de inscripción de las Escuelas Nacionales de Arte de la Dirección General de Culturas y Artes del Ministerio de Culturas y Deportes a partir del uno de enero del año dos mil cinco, así: l. Con la cantidad de trescientos quetzales exactos (Q.300.00), a la Escuela Nacional de Danza y Coreografía «Marcelle Bonge de Devaux», Conservatorio Nacional de Música «Germán Alcántara» , Escuela Nacional de Artes Plásticas «Rafael Rodríguez Padilla» y Escuela Nacional de Arte Dramático «Carlos Figueroa Juárez» y Conservatorio de Música de Occidente «Jesús Castillo»; 2. Con la cantidad de setenta y cinco quetzales exactos (Q.75.00) , para las Escuelas Nacionales Regionales: Escuela Elemental de Música «Elias García», San Juan Sacatepéquez Guatemala, Escuela Elemental de Música «San Pedro Sacatepéquez» San Marcos, Escuela Elemental de Música «Rafael Álvarez Ovalle» San Juan Comalapa, Chimaltenango, Escuela Nacional de Marimba «Gumercindo Palacios Flores», Huehuetenango, Escuela Nacional de Marimba de San Ildefonso Ixtahuacan, Huehuetenango, Escuela Nacional de Marimba de Santa Ana Huista Huehuetenango, Escuela Nacional de Marimba «Gilberto Martínez», San Antonio Huista Huehuetenango, Escuela Regional de Arte «Alfredo Gálvez Suárez» Cobán, Ata Verapaz, Escuela Regional de Arte «Manuel Herrarte Lemus» Chiquimula, Escuela Regional de Arte «Humberto Garavito» Quetzaltenango, Escuela Regional de Arte «Rafael Pereyra», Huehuetenango, Escuela Regional de Arte «Ovidio Rodas Corzo», Chichicastenango el Quiché, Escuela de Arte del Centro Cultural de Escuintla «Arístides Crespo Villegas».